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domingo, 31 de agosto de 2008

Devolucion de fianza en alquiler con contrato legal

Hola, vivo de alquiler en una vivienda de protección oficial, en la cual pago 500 euros a su propietaria, la alquilé a través de una inmobiliaria aquí en Huesca, llevo ya 8 meses y como me voy la propietaria me dice que no me devuelve la fianza porque la inmobiliaria cerró y se quedó con dicha fianza. Pagué 1500 euros: 500 de comisión a la inmobiliaria, más 500 de fianza (por posibles desperfectos en el piso y sólo se ha roto una silla y se lo devuelvo pintado y limpio), más 500 de alquiler, más 80 euros de sellos oficiales y papeleo para registrar el contrato de la vivienda. Y no sé si entregar las llaves a la propietaria o a la policía. ¿Qué hago? ¿Qué derechos tengo? ¿A dónde puedo acudir?

Devolucion de fianza en alquiler con contrato legal

2 Comentarios:

Anonymous Anónimo dijo...

Hola. Debes saber que para registrar un contrato de alquiler, es condición indispensable el depositar la fianza en la oficina registradora o en las entidades colaboradoras para tal efecto (en Catalunya sería el INCASOL, Cámara de la Propiedad Urbana o "La Caixa"). Este registro lo puede hacer la propietaria o la inmobiliaria. Cuando la parte arrendataria (tú) pone en conocimiento a la parte arrendadora (propietaria) la intención de desalojar la vivienda, la propietaria ha de solicitar a la oficina registradora la devolución de la fianza. La oficina registradora, en el plazo de 10-15 días, ingresará en la cuenta bancaria pre-asignada de la propietaria, la totalidad de la fianza. La propietaria, una vez haya inspeccionado la vivienda, y si todo está correcto, hará la devolución de la fianza a tí. Pero, también es cierto que la propietaria tiene treinta días (30) de plazo para devolverla, a contar desde el primer día en que la vivienda es desalojada. Por tanto, la propietaria debería saber que la inmobiliaria no tiene la fianza. La propietaria habría de tener en su poder un documento adjunto en el contrato de alquiler, sellado por la oficina registradora, con un número de referencia, conforme se ha hecho el registro. Eso es lo que la inmobiliaria tendría que haber hecho, pues es su cometido el hacerlo. Puedes pedir a la propietaria que te enseñe su contrato de alquiler para comprobar que lo tiene sellado y debidamente registrado. En caso contrario (que no estuviera sellado ni registrado) búscate a un abogado que te asesore qué pasos seguir para reclamar a la inmobiliaria (que cerró). Espero haber podido ayudarte un poquito. De todas maneras, me gustaría que se me rectificara por si en alguna afirmación estuviera equivocado. Gracias y suerte.

02:51  
Anonymous Anónimo dijo...

HOLA. CUANTO TIEMPO TIENE QUE PASAR PARA QUE UNA VIVIENDA DE V.P.O. PASE A SER LIBRE?Y CUANDO SE PUEDE VENDER?ME PUEDE CONTESTAR ALGUIEN GRACIAS

20:39  

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