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lunes, 14 de abril de 2008

Alquiler de vivienda con régimen de VPO

Hola, ante todo explicar mi situación y saber si tengo posibilidades con respecto a la casa.

Vivo en una casa de VPO para empleados del ministerio de vivienda, dicha casa se adquirió en 1983 y la dueña falleció poco después. El hermano adquirió la casa sin ésta haber dejado testamento, que por lo que he podido enterarme es legal. Habiendo ido al registro de propiedad para saber la situación de la casa me encuentro que dicha vivienda está con una VPO a 50 años.

Mi pregunta es: ¿Si lo denuncio el tema tengo posibilidades de que el dueño pierda la casa? Si es así, ¿me podría beneficiar yo de ella por llevar 2 años viviendo en ella? Y si no es así, ¿qué pasaría si lo denuncio? ¿Le pondrían una sanción? ¿Me podría echar de la casa después?

Muchas gracias.

Alquiler de vivienda con régimen de VPO

2 Comentarios:

Anonymous Anónimo dijo...

Hola, me gustaría saber si es legal poner en venta o en alquiler un piso de protección oficial y por conveniencia del propietario echar a los inquilinos o si hay que indemnizarlos. Además me gustaría saber si nosotros podemos hacer algo al respecto.

08:18  
Anonymous Anónimo dijo...

Mi consulta es en relación a un piso de protección oficial, propiedad de mis padres, que ya está pagado y escriturado hace unos 8 años.

El tema está en que ellos se van a ir a vivir al pueblo y yo me quiero quedar a vivir en el piso, pero con la idea de compartir el piso y alquilar alguna de las habitaciones del piso. Mi pregunta es si esta opción es posible siendo un piso de protección oficial, y dónde puedo mirar el precio máximo al que se debería alquilar si fuese posible.

El piso está en el barrio de la mina, en Sant Adrián de Besos (Barcelona).

13:09  

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