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martes, 30 de enero de 2007

Subrogación de hipoteca para piso VPP

En breve me van a entregar una casa de VPP pero por lo visto me tengo que subrogar a una hipoteca en un banco en concreto que es donde la Comunidad de Madrid nos da la hipoteca.

Me gustaría saber que características tienen las hipotecas que concede a modo de ayuda la Comunidad de Madrid y hasta que punto estoy obligada a hacerla en un banco en concreto, no me fío de que en el banco me intenten obligar a domiciliar la nómina, hacer seguros, etc... porque a lo mejor no es necesario y por lo tanto me gustaría saber las características de esas hipotecas y cuáles son mis derechos y mis obligaciones, más que nada para que el banco no haga lo que quiera.

Subrogación de hipoteca para piso VPP

3 Comentarios:

Blogger su vivienda dijo...

Para conocer las características de las hipotecas lo mejor es que te acerques a la entidad bancaria en cuestión y les preguntes directamente.
Según tengo entendido, aunque sea una hipoteca VPO no estás obligado a subrogarte, lo que pasa es que suele existir una clausula de penalización impuesta por el banco. Según la Ley no estás obligado a pagar esa clausula pero lo mejor es que negocies con el banco para llegar a un acuerdo.

09:53  
Anonymous Anónimo dijo...

Yo quisiera conocer las características que marca la Comunidad de Madrid al banco elegido por promotora de VPP. Parece ser que las condiciones son mejores que las que podría encontrar a modo particular en el mercado, pero desconozco cuáles son.

08:51  
Blogger su vivienda dijo...

Los casos que conozco suelen tener condiciones peores que las del mercado.
Las características que poseen este tipo de hipotecas suelen ser de un tipo de interés Euribor + 0,75 y un plazo de 20 años. Estos datos son aproximados y deberían consultarse con la Comunidad de Madrid o la entidad bancaria en cuestión.

09:14  

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