Foro de viviendas VPO y pisos de renta libre

miércoles, 28 de mayo de 2008

Pagar VPO sin aparecer en escrituras ni hipoteca

Hola, mi duda es la siguiente: a mi novia le acaban de dar un piso de vpo y hasta ahora ella ha sido la que lo ha pagado (la entrada y un par de mensualidades) pero me pide que el resto lo paguemos entre los dos.

Como es vpo dice que no se puede cambiar el titular y tampoco el de la hipoteca, ya que era una hipoteca que estaba negociada entre la constructora y el banco. Yo me fío de ella, pero nunca se sabe lo que puede pasar en estos casos, y no quiero verme de aquí a unos años en la calle, y sin dinero, o solamente con el dinero que yo hubiera aportado (sin revalorizar) ya que como es de vpo tampoco se puede vender tras una separación y repartir el beneficio proporcionalmente.

¿Algún consejo? ¿Un documento privado entre nosotros o uno público mediante un notario? Porque la solución que me da es que nos casemos pero no sé si con eso bastaría para que el piso fuese considerado común aún estableciendo un régimen de gananciales.

Yo había pensado en realizar todos los meses una transferencia bancaria indicando en el asunto 'HIPOTECA' y aparte realizar un contrato privado.

Gracias por adelantado.

lunes, 12 de mayo de 2008

Consulta sobre ayuda para compra de vivienda nueva concertada

Me han concedido una vivienda concertada nueva en Castilla y León. En la Junta de Castilla y León me han hablado de la ayuda estatal de subsidiación del préstamo cualificado (en mi caso serian 82€ por cada 10.000€ de préstamo), y la ayuda directa a la entrada (el pago único).

Quería saber si existe algún tipo de ayuda más a la que puedo acogerme, en concreto, las siguientes:
- Si al tipo de interés efectivo anual acordado (el 5,09%) puede aplicársele un coeficiente reductor de 0,9175, según he leído en el Real Decreto de 801/2005 de 1 de Julio, referido al Plan Estatal 2005-2008.
- En este mismo Decreto, en la disposición adicional segunda: subvenciones a la vivienda de protección oficial de promoción pública, se habla de una subvención que coincide con el importe que resulte de aplicar al precio de la vivienda el tipo impositivo del IVA.
- En este mismo Decreto, en la disposición adicional tercera, se habla de una reducción (del 50%) de los honorarios de Notarios y Registradores relativos a las viviendas de protección oficial.
- Así mismo, quería saber si también me es aplicable el anteproyecto de Decreto de la vivienda de precio limitado para familias.

Si desean conocer algún tipo de información referida a la vivienda, para poder contestarme, se la proporcionaré. De todos modos, gracias por adelantado.

jueves, 8 de mayo de 2008

Comprar vivienda libre siendo inquilino de vivienda de alquiler protegido

Muy buenos días. Os escribo esperando puedan ayudarme y agradeciéndoos de antemano el interés.

Mi duda es la siguiente: llevo viviendo 2 años en una vivienda de alquiler protegido sin opción a compra, en la Comunidad de Madrid (no en Madrid capital).

Es una VPPA gestionada por una promotora privada que nos alquila a bajo precio durante 10 años. Tengo un contrato de arrendamiento por 5 años ampliable a otros 5 más. A los 10 años la vivienda será libre y no tendremos derecho a compra.

Mi duda es si durante este tiempo puedo comprar yo una vivienda libre. No quiero esperar a que en 10 años tenga que comprar a unos precios desorbitados (es decir, prefiero comprar ahora que la vivienda está estancada y que gracias al alquiler bajo puedo ir ahorrando algo de dinero) pero tampoco quiero irme de la casa donde estoy pues estoy muy adaptada a la zona, a la casa, tengo todos los muebles, etc.

Si compro una vivienda y en el caso de que pueda, ¿cuándo debería abandonar la VPPA? ¿En el mismo momento que la compre o cuando se me acabe mi primer contrato de arrendamiento?

He preguntado en muchos sitios (incluso en el Ministerio de la Vivienda) y nadie ha sabido decirme, pues la ley es clara con los requisitos para adquirir ese tipo de viviendas, pero no tanto para, una vez que vives en ella, qué cosas se pueden o no hacer. Lo único que he visto es que no puedes, como es lógico, no usarla como vivienda permanente o subarrendar o cosas de ese estilo que no son el caso.

Muchísimas gracias.

lunes, 5 de mayo de 2008

Casarse después de recibir una vivienda de VPO

Hola, vivo en Barcelona capital, me ha tocado un piso de protección oficial.

Cuando me inscribí en el sorteo no estaba casado y unos meses después salí agraciado en el sorteo y me adjudicaron un piso. Pero 15 días después me casé. Ahora debo presentar los papeles con la promotora ya para dármelo y firmar el contrato de compra, cumplo todos los requisitos económicos y me han dicho que está todo correcto, y sólo me han pedido mis papeles, y me han preguntado si estoy casado, y he dicho que no.

Tengo que firmar los papeles con la promotora y me han pedido el papel que se llama la "fe de vida y estado" o en su caso el libro de familia, pero mi mujer lo perdió en un tren.

Mi novia, ya mi mujer, no trabaja y aún no ha conseguido trabajo, lleva más de 1 año y medio así. Sólo cuento con mis ingresos y la perspectiva es que mi mujer no gane más de unos 700 u 800 euros, o menos porque no está cualificada, no tiene estudios, sólo básicos, ni ha hecho nunca la declaración de la renta, y busca su primer empleo. Sólo es ama de casa.

Por ello, mi pregunta es: ¿ya es demasiado tarde para decir que estoy casado o cuando vean el papel de "fe de vida y estado" que pone que estoy casado me quitarán el piso?

Y si digo que estoy casado, ¿daría igual, ya que mi mujer no tiene ninguna ganancia ni tributa ni nada, o perdería el piso?

Sé que es muy complicado, y que no sé porque dije que no estaba casado la primera vez que me preguntaron pero les agradecería mucho su respuesta.

Muchas gracias.

jueves, 1 de mayo de 2008

Comprar una VPPL siendo propietario

Hola, soy de esos que llevaba años queriendo independizarse y me apunté a todos los sorteos y cooperativas habidas y por haber para conseguir una vivienda en condiciones "asequibles". En fin, como vi que no daba sus frutos hace unos meses me armé de valor y compré una vivienda de segunda mano. El problema es que unos días atrás me concedieron una vivienda de precio protegido.

Actualmente me las veo y me las deseo para llegar a fin de mes con la letra de mi hipoteca, algo que no me pasaría con la VPP.

Sé que para poder comprarla uno de los requisitos es no ser propietario de una vivienda. Si hago una donación de mi vivienda actual entiendo que en el registro ya no aparecería como propietario. ¿Podría entonces acceder a la VPP?

Aunque pudiera hacerlo, éste es sólo el principio de mis problemas. Ya tengo una hipoteca, y no tengo ni idea de cómo hacerlo para que el banco me concediese otra hipoteca para la VPP. ¿Podría cambiar el titular de la hipoteca actual? A un hermano, por ejemplo, aunque yo siguiese soltando la pasta a final de mes.

Aunque estoy por resignarme y aguantarme con mi cuarto sin ascensor (a precio de ático en la Castellana) supongo que no seré el único al que le ha pasado esto y alguien podrá decirme qué hizo en su caso o las posibilidades que tengo.

Muchas gracias.